Para solicitar un certificado de RLSPJ deberá presentar:
Documentación relativa a la entidad:- Las entidades que deban inscribirse en un registro público o especial presentarán además de la solicitud, el certificado o nota simple acreditativa de su inscripción en el registro, expedido en la fecha de solicitud o en los quince días anteriores. En particular se aportarán los siguientes documentos:
- Fondos de inversión, fondos de capital-riesgo, fondos de regulación del mercado de títulos hipotecarios, fondos de titulización hipotecaria, fondos de titulización de activos, fondos de garantía de inversiones y fondos de pensiones: certificado de inscripción en el registro correspondiente del Ministerio que ostenta estas competencias o de la Comisión Nacional del Mercado de Valores en el que conste la identificación de la identidad gestora del fondo.
- Comunidades titulares de montes vecinales en mano común: certificado de inscripción de los estatutos en el registro del Ministerio que ostenta estas competencias o, en su caso, del registro correspondiente de la Comunidad Autónoma.
- Uniones temporales de empresas acogidas a su régimen fiscal especial: certificado de inscripción en el registro especial de uniones temporales de empresas. No será necesaria la aportación de esta documentación cuando la Agencia Estatal de Administración Tributaria intervenga como autoridad de identificación y registro en la emisión del certificado electrónico.
- Las entidades que no deban estar inscritas en algún registro público o especial presentarán, junto con la solicitud, las escrituras públicas, contratos, estatutos, pactos o cualesquiera otros documentos que puedan acreditar su constitución, vigencia e identificación de los miembros que las integran.
Documentación relativa al representante legal:
- La representación de la entidad se acreditará mediante los documentos notariales que acrediten las facultades de representación del solicitante del certificado, o mediante poder especial otorgado al efecto.
- La representación de la entidad también se podrá justificar con los documentos privados de designación de representante que proceda en cada caso. En particular, podrá acreditarse la representación mediante los siguientes documentos:
- Documento de designación del representante de la herencia yaciente, suscrito por todos los herederos, con expresión del nombre, apellidos y DNI o número de pasaporte del representante, cuando no haya sido designado administrador judicial o albacea con plenas facultades de administración.
- Copia del Acta de la reunión de la Junta de Propietarios en la que se nombró al Presidente de la Comunidad, tratándose de comunidades en régimen de propiedad horizontal.
- Documento suscrito por un número de miembros que resulte suficiente conforme a lo previsto en el artículo 398 del Código Civil para representar la mayoría de los intereses de la entidad, tratándose de comunidades de bienes y sociedades civiles sin personalidad jurídica, en el que se designa a la persona que la representa para solicitar el certificado.
- Para administradores de sociedades mercantiles, copia auténtica de la escritura de nombramiento, en la que conste la inscripción en el Registro Mercantil.